Atribuciones

 

La Dirección General de Servicio Social y Práctica Profesional tendrá las siguientes atribuciones específicas:

 

 

 

  1. Promover ante el Rector, conjuntamente con la Dirección General de Atención al Sector Social y Productivo, los convenios de colaboración con las diferentes instituciones de los sectores público o privado para estas actividades, cuidando su difusión a los educandos de los distintos planteles universitarios.
  2. Establecer y difundir el Programa Anual de Servicio Social Universitario y listado de organismos públicos y privados con los que la Institución ha firmado convenios para el cumplimiento del servicio social constitucional y de la práctica profesional de sus educandos, que deberán observar los planteles educativos.
  3. Garantizar, en colaboración con las Direcciones Generales de Educación Media Superior y Educación Superior, que los programas educativos aprobados por el Consejo Universitario incorporen los contenidos encaminados a dar cumplimiento del servicio Social constitucional, la práctica profesional y el servicio social universitario.
  4. Proponer los lineamientos a los que deberán sujetarse los planteles universitarios, para la atención de las solicitudes de los organismos públicos y privados que requieran prestadores de servicio social constitucional o de práctica profesional.
  5. Coordinar, a través de las Delegaciones Regionales, el desarrollo de las actividades relativas a la práctica profesional, servicio social constitucional y el servicio social universitario.
  6. Evaluar el desempeño del personal universitario comisionado para fungir como responsables de servicio social y de práctica profesional en los planteles, velando por su capacitación continua.
  7. Signar las constancias para acreditar el cumplimiento de los educandos, de las actividades de servicio social constitucional y de práctica profesional.
  8. Autorizar las solicitudes y planes de trabajo presentadas por los alumnos y, en su caso, autorizar los informes respectivos.
  9. Implementar campañas de sensibilización y trascendencia de la prestación del servicio social y la práctica profesional de los educandos.
  10. Asesorar a los responsables de servicio social constitucional y de práctica profesional en los planteles acerca de la aplicación de la normativa correspondiente.
  11. Proponer las estrategias y acciones que permitan evaluar el impacto de las actividades desarrolladas de servicio social y práctica profesional en los educandos.
  12. Velar, por el cumplimiento de las acciones, programas y disposiciones relativas del servicios social constitucional, práctica profesional y servicio social universitario en los planteles universitarios.
  13. Proponer, en coordinación con la Dirección General de Recursos Humanos, los perfiles profesionales y de desempeño que orienten el mejoramiento del personal comisionado para coordinar el cumplimiento del servicio social y práctica profesional en los planteles universitarios.
  14. Aplicar las normas establecidas para la prestación de la práctica profesional, el servicio social universitario y el servicio  social constitucional de los alumnos de los planteles universitarios.
  15. Certificar la firma y rúbrica de los directores que expidan las constancias de acreditación del servicio social constitucional y práctica profesional.
  16. Emitir el dictamen relativo por el incumplimiento de los educandos a las actividades o nomas relativas en la práctica profesional, servicio social constitucional y servicio social universitario
  17. Aquellas que le confiera la normativa universitaria y las que le encomiende el Rector.