Del Titular

 

Al titular de la Tesoreria General, de manera genérica, le corresponderá el ejercicio de las siguientes facultades y obligaciones:

 

 

 

  1. Apoyar a sus superiores, dentro de la esfera de competencia de la dependencia a su cargo, en el ejercicio de sus atribuciones.
  2. Desempeñar los encargos que el Rector le encomiende y, por acuerdo expreso, representar a la Universidad en las comisiones, consejos u órganos de gobierno en las que participe la Institución.
  3. Elaborar los proyectos de creación, actualización, derogación o abrogación de reglamentos, normas, procesos, lineamientos, guías técnicas, etcétera, en los asuntos de su competencia.
  4. Vigilar el cumplimiento y observancia de la normativa universitaria y el registro oportuno de las operaciones financieras y administrativas.
  5. Generar la información técnica y financiera que se requiera de los planteles, centros, institutos y dependencias universitarias.
  6. Firmar los documentos relativos al ejercicio de las facultades que le hayan sido autorizadas.
  7. Presentar anualmente al Consejo Universitario el Plan de Arbitrios y el presupuesto de egresos de la Institución, conjuntamente con el Rector, así como rendir el informe anual de la Tesorería.
  8. Presentar el Plan Operativo Anual de la dependencia a su cargo, conforme los tiempos establecidos en la normativa universitaria.
  9. Coordinar el desempeño de las labores encomendadas a la dependencia a su cargo.
  10. Acordar con el Rector la resolución de los asuntos cuya tramitación se encuentre dentro de la competencia de la dependencia a su cargo.
  11. Emitir los dictámenes, opiniones e informes que le sean solicitados por sus superiores.
  12. Formular, de conformidad con la normativa respectiva, los proyectos, programas y presupuesto relativos a la dependencia a su cargo.
  13. Firmar y notificar los acuerdos de trámite, las resoluciones o acuerdos de las autoridades superiores y aquellos emitidos con fundamento en las atribuciones que le correspondan.
  14. Las demás que las disposiciones legales y administrativas le confieran y las que le encomiende el Rector.