Al titular de la Dirección General de Tecnologías Informacionales, de manera genérica le corresponderá el ejercicio de las siguientes facultades y obligaciones:
- Apoyar a sus superiores, dentro de la esfera de competencia de la dependencia a su cargo, en el ejercicio de sus atribuciones.
- Desempeñar los encargos que el Rector le encomiende y, por acuerdo expreso, representar a la Universidad en las comisiones, consejos u órganos de gobierno en las que participe la Institución.
- Velar por el cumplimiento de las funciones de las áreas subordinadas, la observancia de la normativa universitaria y el registro oportuno de las operaciones financieras y administrativas.
- Elaborar los proyectos de creación, actualización, derogación o abrogación de reglamentos, normas, procesos, lineamientos, guías técnicas, etcétera, en los asuntos de su competencia.
- Generar la información y proporcionar asesoría técnica que le solicite el personal de los planteles, centros, institutos y dependencias universitarias.
- Firmar los documentos relativos al ejercicio de las facultades que le hayan sido autorizadas o le correspondan por suplencia.
- Presentar al Rector el informe de actividades y el Plan Operativo Anual de la Dirección a su cargo, conforme los tiempos establecidos en la normativa universitaria.
- Coordinar el desempeño de las labores encomendadas a la dependencia a su cargo.
- Acordar con el Coordinador General de Tecnologías de Información, la resolución de los asuntos cuya tramitación se encuentre dentro de la competencia de la Dirección General a su cargo.
- Emitir los dictámenes, opiniones e informes que le sean solicitados por sus superiores.
- Formular, de conformidad con la normativa relativa, los proyectos, programas y presupuestos relativos a la dependencia a su cargo.
- Firmar y notificar los acuerdos de trámite, las resoluciones de las autoridades superiores y aquellos que se emitan con fundamento en las atribuciones que le correspondan.
- Monitorear, en colaboración con las Delegaciones, el cumplimiento de la normativa institucional aplicable en el ámbito de las tecnologías informacionales por parte de los planteles, centros, institutos y dependencias universitarias.
- Atender las solicitudes de información, datos, cooperación o asesoría técnica de otras dependencias o planteles de la Universidad de Colima.
- Las demás que las disposiciones legales y administrativas le confieran y las que le encomiende el Rector.