CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO II. DE LOS USUARIOS
CAPÍTULO III. DE LOS SERVICIOS
CAPÍTULO IV. DE LAS NORMAS DE COMPORTAMIENTO
CAPÍTULO V. DE LAS SANCIONES
CAPÍTULO VI. DE LAS QUEJAS Y SUGERENCIAS DE LOS USUARIOS
CAPÍTULO VII. DEL PERSONAL BIBLIOTECARIO
ARTÍCULO 11. Dependiendo de su infraestructura, las bibliotecas prestan los siguientes servicios:
ARTÍCULO 24. Los usuarios pueden en todo momento manifestar su inconformidad o sus sugerencias relativas a la atención y a la calidad de los servicios bibliotecarios. El responsable de la biblioteca debe dar seguimiento y respuesta a la misma.
ARTÍCULO 26. Las personas que laboran en las bibliotecas de la Universidad de Colima, tienen la obligación de contribuir con su desempeño y esmero al mejoramiento de la calidad de los servicios que allí se prestan, además de vigilar el cumplimiento del presente Reglamento.
PRIMERO. El presente Reglamento entrará en vigor a partir de su aprobación por el Consejo Universitario de la Universidad de Colima.