Del Titular

 

Al titular de la Coordinación General de Tecnologías de Información, de manera genérica, le corresponderá el ejercicio de las siguientes facultades y obligaciones:

 

 

 

  1. Apoyar al Rector en el ejercicio de sus atribuciones dentro del ámbito de competencia de su coordinación.
  2. Desempeñar los encargos que el Rector le encomiende y, por acuerdo expreso, representar a la Universidad de Colima en las comisiones, consejos u órganos de gobierno en las que participe la institución.
  3. Acordar con el Rector los asuntos de las Dependencias universitarias adscritas a la Coordinación y los asuntos de su competencia.
  4. Velar por el cumplimiento de las funciones de las áreas subordinadas, la observancia de la normativa universitaria y el registro oportuno de las operaciones financieras y administrativas.
  5. Acordar con los titulares de las Dependencias adscritas a la Coordinación.
  6. Presentar al Rector los proyectos de creación, actualización, derogación o abrogación de reglamentos, normas, procesos, lineamientos, guias técnicas, etcétera, en los asuntos de su competencia.
  7. Proponer al Rector los convenios, acuerdos interinstitucionales y bases de coordinación con las entidades publicas o privadas en los asuntos de su competencia.
  8. Proporcionar la información, datos y cooperación técnica que sean solicitados por las otras Coordinaciones y Dependencias, de conformidad con las instrucciones del Rector y lo señalado en la normativa universitaria.
  9. Firmar los documentos relativos al ejercicio de las facultades que le hayan sido autorizadas o le correspondan por suplencia.
  10. Presentar al Rector el informe de actividades y el Plan Operativo Anual de la Coordinación y Direcciones Generales que la integran, conforme los tiempos establecidos en la normativa universitaria.
  11. Promover la coordinación necesaria, para el desahogo de los asuntos de la Universidad de Colima, con los titulares de las áreas de la Rectoría, Coordinaciones y Direcciones Generales, asi como los titulares de los planteles e institutos universitarios.
  12. Proponer medidas para el mejoramiento administrativo de las Direcciones Generales que se le adscriban y, en su caso, para la reorganización de las mismas.
  13. Las demás que le confiera la normativa institucional universitaria y de las que le encomiende el Rector.