De la Unidad Organizacional
La Dirección General de Integración de las Tecnologías de Información tendrá las siguientes atribuciones específicas:
I.- Proponer a la Rectoría, conjuntamente con la Coordinación General de Tecnologías de Información, las iniciativas para la creación, actualización, derogación o abrogación de la normativa requerida para promover la integración estratégica de las Tecnologías de Información y Comunicación para el cumplimiento del quehacer de los planteles, centros, institutos y dependencias universitarias, mediante el uso eficaz e innovador de las Tecnologías de Información y Comunicación.
II.- Fomentar la aplicación efectiva de las Tecnologías de Información y Comunicación en los planteles, centros, institutos y dependencias universitarias.
III.- Incentivar la preservación de la memoria del acontecer institucional, digital e interactiva, basada en las Tecnologías de Información y Comunicación.
IV.- Dar a conocer los nuevos modelos y tendencias en materia de las Tecnologías de Información y Comunicación.
V.- Promover la documentación del desarrollo institucional en materia de las Tecnologías de Información y Comunicación.
VI.- Contribuir a la consolidación de la Universidad Digital a través del análisis de tendencias tecnológicas globales.
VII.- Proponer nuevas potencialidades de aplicación de las Tecnologías de Información y Comunicación emergentes en los procesos de gestión y formación institucionales, así como en los productos, procesos y servicios ofrecidos por la Universidad de Colima.
VIII.- Coordinar la participación en redes de colaboración en el ámbito de sus funciones.
IX.- Dar seguimiento al impacto y apropiación de las Tecnologías de Información y Comunicación en la Institución con base en estándares, indicadores y lineamientos institucionales, nacionales e internacionales
X.- Aquellas que le confiera la normativa universitaria y las que le encomiende el Rector.
Al titular de la Dirección General de Integración de las Tecnologías de Información, de manera genérica le corresponderá el ejercicio de las siguientes facultades y obligaciones:
I.- Desempeñar los encargos que el Rector le encomiende y, por acuerdo expreso, representar a la Universidad en las comisiones, consejos u órganos de gobierno en las que participe la Institución.
II.- Apoyar a sus superiores, dentro de la esfera de competencia de la dependencia a su cargo, en el ejercicio de sus atribuciones.
III.- Velar por el cumplimiento de las funciones de las áreas subordinadas, la observancia de la normativa universitaria y el registro oportuno de las operaciones financieras y administrativas.
IV.- Elaborar los proyectos de creación, actualización, derogación o abrogación de reglamentos, normas, procesos, lineamientos, guías técnicas, etcétera, en los asuntos de su competencia.
V.- Generar la información y proporcionar asesoría técnica que le solicite el personal de los planteles, centros, institutos y dependencias universitarias.
VI.- Firmar los documentos relativos al ejercicio de las facultades que le hayan sido autorizadas o le correspondan por suplencia.
VII.- Presentar al Rector el informe de actividades y el Plan Operativo Anual de la Dirección a su cargo, conforme los tiempos establecidos en la normativa universitaria.
VIII.- Coordinar el desempeño de las labores encomendadas a la dependencia a su cargo.
IX.- Acordar con el Coordinador General de Tecnologías de la Información, la resolución de los asuntos cuya tramitación se encuentre dentro de la competencia de la Dirección General a su cargo.
X.- Emitir los dictámenes, opiniones e informes que le sean solicitados por sus superiores.
XI.- Formular, de conformidad con la normativa relativa, los proyectos, programas y presupuestos relativos a la dependencia a su cargo.
XII.- Firmar y notificar los acuerdos de trámite, las resoluciones de las autoridades superiores y aquellos que se emitan con fundamento en las atribuciones que le correspondan.
XIII.- Monitorear, en colaboración con las Delegaciones, el cumplimiento de la normativa institucional aplicable en el ámbito de la tecnología de información y comunicación utilizada en los planteles, centros, institutos y dependencias universitarias.
XIV.- Atender las solicitudes de información, datos, cooperación o asesoría técnica de otras dependencias o planteles de la Universidad de Colima.
XV.- Las demás que las disposiciones legales y administrativas le confieran y las que le encomiende el Rector.