Los Consejos Técnicos de las Escuelas o Facultades son los máximos órganos de gobierno de los planteles, se integrarán con un representante de los profesores y uno de los alumnos por cada uno de los grupos que comprendan la carrera o carreras en cada una de ellas, que serán elegidos en los términos que establezca el Reglamento respectivo. El director de la escuela, presidirá el Consejo Técnico correspondiente y fungirá como secretario, relator y fedatario el Secretario del plantel, o quién realice esas funciones.
En el plantel se integran de la siguiente manera: