Selección e Ingreso

El área funcional de Selección e Ingreso de la Dirección General de Desarrollo del Personal Académico tiene como objetivo coadyuvar en los procesos técnico-académicos de selección, ingreso, seguimiento, evaluación, promoción y reconocimiento del desempeño del personal académico; así como en la recopilación e integración de la información requerida en los procesos de toma de decisiones colegiadas.

 

  • Apoyar las actividades de las comisiones encargadas de los procesos de ingreso, evaluación, seguimiento, promoción y reconocimiento del desempeño del personal académico, establecidas conforme a la normativa institucional aplicable.
  • Auxiliar al titular de la dependencia en la difusión de los procesos de selección de personal académico con base en las convocatorias respectivas y en atención a las necesidades de las dependencias.
  • Recopilar, en coordinación con los directores de planteles, líderes de cuerpos académicos y la Dirección General de Recursos Humanos, los perfiles idóneos para las plazas de personal académico acorde a las necesidades de los planteles.
  • Proponer, en colaboración con la Dirección General de Recursos Humanos el programa de inducción para el personal académico de nuevo ingreso.
  • Apoyar en el cumplimiento del resguardo de la información que el personal académico entregue o registre en la DiGeDPA en lo referente al proceso de inducción, selección y evaluación para los asuntos de la competencia de la Dirección General, garantizando la protección de sus datos personales, en coordinación con la DGRH.
  • Apoyar en la preparación de las convocatorias de plazas de personal académico de nuevo ingreso.
  • Atender e informar al personal académico sobre los trámites referentes al cumplimiento de los requisitos establecidos en los procesos de selección, contratación, evaluación y gestión de cartas compromiso.
  • Recopilar los expedientes académicos del personal académico que participe en los procesos de selección y evaluación.
  • Informar a los cuerpos colegiados establecidos institucionalmente y a las direcciones generales de Recursos Humanos, Educación Media Superior y Educación Superior, sobre los proyectos relacionados con la promoción del personal académico y sus requerimientos, conforme a lo establecido en la normativa institucional aplicable.
  • Apoyar al titular de la Dirección General en la gestión de los procesos relacionados con periodos sabáticos, evaluación para ratificaciones y promoción de los profesores de tiempo completo.
  • Elaborar los informes para los cuerpos colegiados institucionales y las instancias que correspondan, sobre los asuntos relacionados con los procesos de evaluación del personal académico, las solicitudes de los trabajadores universitarios relacionadas con el apoyo para estudios de posgrado, estancias sabáticas, académicas (estancias con un mínimo de 15 días) y post-doctorales.
  • Las demás que le sean asignadas por las autoridades superiores acordes a su puesto.

 

Actualmente no hay convocatorias de plazas abiertas

 

CONVOCA al CONCURSO DE MÉRITOS para ocupar TREINTA Y CINCO PLAZAS DE PROFESOR INVESTIGADOR DE TIEMPO COMPLETO del nivel medio superior.
Fecha de cierre: 15 de junio de 2017

 

CONVOCA al CONCURSO ABIERTO para ocupar CINCO PLAZAS DE PROFESOR INVESTIGADOR DE TIEMPO COMPLETO del nivel medio superior.
Fecha de cierre: 20 de mayo de 2016.

 

CONVOCA al CONCURSO ABIERTO para ocupar VEINTE PLAZAS DE PROFESOR INVESTIGADOR DE TIEMPO COMPLETO del nivel superior.
Fecha de cierre: 30 de septiembre de 2015.

 

a PROFESORES DE ASIGNATURA DEL NIVEL SUPERIOR CONCURSO CERRADO para ocupar cuatro plazas de profesor investigador de tiempo completo Titular A.
Fecha de cierre: 12 de junio de 2015.

 

CONVOCA al CONCURSO ABIERTO para ocupar VEINTE PLAZAS DE PROFESOR INVESTIGADOR DE TIEMPO COMPLETO del nivel superior.
Fecha de cierre: 27 de octubre 2014.

 

CONVOCA al CONCURSO CERRADO para ocupar DIEZ PLAZAS DE PROFESOR INVESTIGADOR DE TIEMPO COMPLETO del nivel superior.
Fecha de cierre: 30 de septiembre 2014.

 

CONVOCA al concurso (2014-2) para ocupar PLAZAS DE PROFESOR INVESTIGADOR DE TIEMPO COMPLETO del nivel superior.
Fecha de cierre: 30 de junio de 2014.

 

CONVOCA al concurso abierto para ocupar PLAZAS DE PROFESOR INVESTIGADOR DE TIEMPO COMPLETO del nivel superior.
Fecha de cierre: 16 de mayo de 2014.

 

CONVOCA A todo el personal adscrito a los diferentes centros, dependencias o facultades a participar en el concurso cerrado para obtener 1 PLAZA DE PTC DEL NIVEL SUPERIOR
Fecha de cierre: 16 de mayo 2014.

 

CONVOCA al concurso abierto para ocupar plazas de profesor investigador de tiempo completo del nivel superior.
Fecha de cierre: 30 de mayo de 2013.

 

CONVOCA al concurso abierto para ocupar plazas de profesor investigador de tiempo completo del nivel superior.
Fecha de cierre: 16 de noviembre de 2012.

 

CONVOCA a todo el personal adscrito a los diferentes centros, dependencias o facultades a participar en el concurso cerrado para obtener PLAZAS DE PTC DEL NIVEL SUPERIOR.
Fecha de cierre: 16 de noviembre de 2012.

 

Convocatoria para ocupar plazas de tiempo completo. A los interesados en ocupar las siguientes plazas de profesor investigador de tiempo completo del nivel superior en las unidades académicas.


 

Convocatoria para ocupar 5 plazas de tiempo completo. A los profesores del nivel medio superior al concurso de oposición para ocupar cinco plazas de tiempo completo.


 

A todos los profesores investigadores de tiempo completo del nivel superior: de las categorías asociado en sus tres niveles, A, B y C, y titular en sus niveles, A y B, con tres años ininterrumpidos al servicio de la Universidad a participar en el concurso cerrado de PROMOCIÓN DE CATEGORÍA O NIVEL.

 

LINEAMIENTOS PARA LA REALIZACIÓN DEL AÑO SABÁTICO, establecido en el Art. 50, fracción III del Estatuto del Personal Académico vigente de la Universidad de Colima.
Los profesores de tiempo completo (PTC) categoría Titular (A,B y C), por cada seis años de servicios ininterrumpidos podrán gozar de un año sabático el cual consiste en separarse de sus labores durante un año, percibiendo durante ese lapso su salario íntegro con los aumentos o incrementos de cualquier índole que en ese lapso se operen y sin menoscabo de su antigüedad. Lo anterior con el objeto de realizar actividades y estudios que les permitan superarse académicamente. Para ejercer este derecho, se deberá observar y satisfacer lo dispuesto en los lineamientos, y demás normas que al respecto expida la Institución.

 

 

  • 1. El PTC titular deberá presentar por escrito su solicitud dirigida al Comité Institucional para el Desarrollo del Personal Académico (CIDPA), para realizar el año sabático, entregándola en la Dirección General de Desarrollo del Personal Académico, con un mínimo de tres meses de anticipación a la fecha en que pretenda iniciarlo.
  • 2. La solicitud de año sabático debe ir acompañada de lo siguiente:
    1. I. Constancia expedida por la Dirección General de Recursos Humanos en la que se señale: nombre, número de trabajador, antigüedad en la Institución y categoría académica.
    2. II. Plan de trabajo a desarrollar.
    3. III. Convenio, acuerdo, carta de invitación o aceptación de la Institución donde se realizará el sabático, indicando su anuencia y apoyo.
    4. IV. Oficio del director de la unidad académica de adscripción avalando la solicitud. Dicho aval debe ser otorgado considerando la pertinencia del plan de trabajo para la consolidación y avance de la dependencia y el cumplimiento de compromisos institucionales que el PTC tuviera encomendados a la fecha de su solicitud.
  • 3. El plan de trabajo a realizar debe incluir lo siguiente:
    1. I. Datos generales:
      • a. Nombre del solicitante
      • b. Unidad académica de adscripción
      • c. Número de trabajador
      • d. Fecha de inicio y término del sabático.
    2. II. Justificación
    3. III. Objetivos
    4. IV. Metas y/o resultados previstos
    5. V. Cronograma de actividades.
  • 4. Después del primer año sabático, el interesado podrá solicitar un semestre sabático por cada tres años de servicio.
  • 5. La fecha de iniciación del periodo sabático, estará supeditada a los programas y actividades de la unidad académica de adscripción del PTC titular, pudiendo adelantarse hasta tres meses, si no se interfieren los programas y actividades señaladas y previa opinión del director de la unidad académica. Se considera como periodos más deseables para el comienzo de año sabático los de inicio de cada uno de los semestres del calendario escolar (fines de enero o mediados de agosto de cada año).
  • 6. Las solicitudes de año sabático serán analizadas por el CIDPA, el cual emitirá dictamen debidamente fundado y motivado, con copia para la dirección de la unidad académica de adscripción del PTC, la Dirección General de Recursos Humanos y la Dirección General de Desarrollo del Personal Académico, para los efectos a que haya lugar.
  • 7. La Dirección General de Recursos Humanos es la instancia facultada para otorgar la autorización oficial sustentada en el dictamen del CIDPA.
  • 8. Los PTC titulares que fueran designados en cargos directivos en la Institución, deberán diferir el disfrute del año sabático hasta el momento en que se separen del cargo.
  • 9. El tiempo que un PTC titular esté desempeñándose en un cargo directivo se computará para efectos del año sabático.
  • 10. Los PTC titulares que hubieran acumulado años de servicio suficientes para disfrutar más de un año sabático y no lo hubieran tomado, no podrán ejercerlo de manera consecutiva, debiendo atenerse a lo señalado en el punto 4. El beneficio del año sabático en ningún caso será acumulable.
  • 11. Se buscará la forma de que los PTC titulares que disfruten del sabático, sean reemplazados o sustituidos durante ese lapso por otros profesores que existan en la unidad académica de que se trate, especialmente para las actividades de docencia y tutoría.
  • 12. A más tardar un mes después de la fecha de término del periodo sabático, el PTC deberá entregar al director de la unidad académica de adscripción un informe pormenorizado de sus actividades, conforme al plan de trabajo desarrollado, con copia para la Dirección General de Desarrollo del Personal Académico. A este informe deberán anexarse las constancias y demás documentación que demuestren dichas actividades.
  • 13. El informe presentado por el PTC será analizado por el CIDPA para determinar el cumplimiento del plan de trabajo. En caso de no ser aprobado el informe, se hará acreedor a las siguientes sanciones.
    1. a. La imposibilidad para participar en el ESDEPED, en el año inmediato posterior.
    2. b. Perder el derecho de la realización del siguiente período sabático.
  • 14. Disfrutarán de periodo sabático un máximo de dos profesores por unidad académica cada año.
  • 15. Cuando haya un número de solicitudes para disfrutar el año sabático que sea superior al previsto en el punto anterior, el CIDPA con el apoyo técnico requerido revisará los planes de trabajo propuestos para determinar el más relevante institucionalmente por sus objetivos y productos previstos.
  • 16. Eventualmente, la institución apoyará las gestiones del postulante para la obtención de apoyos complementarios, para gastos como: firma de convenios, seguro médico internacional, trámites migratorios, traslado e instalación.
  • 17. El PTC que realiza año sabático podrá, si así lo conviene con el director de su unidad académica de adscripción, conservar algunas actividades para su apropiada realización a distancia o de manera semi-presencial como es el caso de la impartición de cursos o asesoría de tesis en proceso al momento de iniciar el año sabático.
  • 18. El PTC en periodo sabático conserva todos sus derechos laborales y por lo tanto puede participar en convocatorias de promoción de categoría y nivel, y en el Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente (ESDEPED) conforme a lo previsto en el reglamento respectivo.