Atribuciones

La Dirección General de Desarrollo del Personal Académico tendrá las siguientes atribuciones específicas:

  1. Dirigir los diagnósticos pedagógicos, andragógicos y disciplinarios que se realicen al personal académico de la Institución, así como realizar la detección de necesidades de adiestramiento, capacitación o formación continua del personal mencionado.
  2. Proponer, en coordinación con las direcciones generales de Recursos Humanos, Educación Media Superior y Educación Superior, los proyectos para la creación, actualización, derogación o abrogación de normas y criterios académicos que regulen los programas institucionales de actualización, capacitación, desarrollo y evaluación del personal académico al servicio de la Universidad de Colima,.
  3. Generar en colaboración con las direcciones generales de Recursos Humanos, Educación Media Superior y Superior, el programa institucional de actualización, capacitación y desarrollo del personal académico al servicio de la Universidad de Colima, con base en la normatividad vigente.
  4. Dirigir los procesos de evaluación del desempeño del personal académico con la finalidad de proporcionar información para la toma de decisiones.
  5. Desarrollar en coordinación con las direcciones generales de Educación Media Superior, Educación Superior y Recursos Humanos, propuestas tendientes a  mejorar la labor que realiza el personal académico de la Institución.
  6. Salvaguardar la información que el personal académico entregue o registre para los asuntos de la competencia de la Dirección General, garantizando su confidencialidad.
  7. Impulsar la conformación del personal académico en grupos especializados en los planteles universitarios, en coordinación con las direcciones generales de Recursos Humanos, Educación Media Superior y Educación Superior.
  8. Promover, en colaboración con otras dependencias, la conformación del profesorado en cuerpos académicos, academias, seminarios, comités y redes, a fin de consolidar el trabajo colegiado en los planteles, centros e institutos universitarios.
  9. Participar, en coordinación con las dependencias correspondientes, en los procesos de ingreso, seguimiento, evaluación, promoción y reconocimiento del desempeño del personal académico, conforme a la normativa laboral vigente.
  10. Aquellas que le confiera la normativa universitaria y las que le encomiende el Rector.