Propósito

1. Elaborar el plan anual de trabajo que será presentado al C. Rector al inicio de cada año.
2. Proponer políticas, normas, criterios, procedimientos y demás disposiciones que regulen la adquisición, registro y control de los bienes muebles, inmuebles e intangibles de la Universidad.
3. Participar con los órganos universitarios en las instancias requeridas para el logro de los objetivos institucionales.
4. Elaborar los presupuestos anuales, con fundamento en el plan de trabajo y programas autorizados, para su presentación oportuna a la Coordinación General Administrativa y Financiera y su trámite ante Rectoría.
5. Determinar y asignar las actividades, autoridad y responsabilidad correspondientes al personal que integra dicha Dirección.
6. Administrar en forma transparente los recursos asignados para la ejecución de sus funciones.
7. Realizar la toma física de inventarios, elaborar y actualizar los catálogos de los bienes y derechos reales de la Institución, clasificados por dependencias y tipo de activo e integrar el registro de la propiedad universitaria.
8. Promover la regularización de los títulos legales que amparen la propiedad de los bienes que integren el patrimonio de la Universidad.
9. Propiciar la permanencia y el uso racional de los bienes patrimoniales de la Universidad.
10. Promover la restitución de bienes patrimoniales que ilegítimamente se encuentren en poder de terceros, por vencimiento de contrato, conclusión de servicios, terminación de la relación laboral o cualquier otra circunstancia o hecho.
11. Intervenir en la entrega-recepción de bienes patrimoniales, cuando haya cambio de titular o secretario administrativo en los planteles y dependencias de la institución.
12. Elaborar debidamente los resguardos de los donativos en especie, recibidos por la Institución.
13. Custodiar la totalidad de títulos de propiedad de los bienes de la Institución.
14. Determinar los códigos, nomenclatura o clave para identificar y localizar los bienes inventariados y estar en posibilidad de efectuar su seguimiento y control.
15. Establecer los registros adecuados para proporcionar información oportuna, veraz y confiable sobre la posesión, uso y estado de los bienes patrimoniales.
16. Determinar los faltantes de bienes patrimoniales, informando de ello al Abogado General y al Director General de Recursos Humanos de la Institución.