El Acuerdo No. 7 de 2018 que refiere a la creación la Dirección General de Atención al Sector Social y Productivo, hoy Dirección de Vinculación, establece como atribuciones de esta dependencia y su titular, lo siguiente:
Artículo cuarto: Al titular de la Dirección General de Atención al Sector Social y Productivo, de manera genérica, le corresponderá el ejercicio de las siguientes facultades y obligaciones:
Desempeñar los encargos que el Rector le encomiende y, por acuerdo expreso, representar a la Universidad en las comisiones, consejos u órganos de gobierno en las que participe la institución.
Apoyar a sus superiores, dentro de la esfera de competencia de la dependencia a su cargo, en el ejercicio de sus atribuciones.
Velar por el cumplimiento de las funciones de las áreas subordinadas, la observancia de la normativa universitaria y el registro oportuno de las operaciones financieras y administrativas.
Generar la información y proporcionar asesoría técnica que le solicite el personal de los planteles, centros, institutos y dependencias universitarias.
Firmar los documentos relativos al ejercicio de las facultades que le hayan sido autorizadas o le correspondan por suplencia.
Presentar el informe de actividades y el Plan Operativo Anual de la Dirección a su cargo, conforme los tiempos establecidos en la normativa universitaria.
Coordinar el desempeño de las labores encomendadas a la Dependencia a su cargo.
Acordar con el Coordinador General de Extensión la resolución de los asuntos cuya tramitación se encuentre dentro de la competencia de la Dirección General de Atención al Sector Social y Productivo a su cargo.
Emitir los dictámenes, opiniones e informes que le sean solicitados por sus superiores.
Formular, de conformidad con la normativa relativa, los proyectos, programas y presupuestos relativos a la Dependencia a su cargo.
Firmar y notificar los acuerdos de trámite, las resoluciones o acuerdos de las autoridades superiores y aquellos que se emitan con fundamento en las atribuciones que le correspondan.
Proporcionar la información, datos, cooperación o asesoría técnica que le sea requerida por otras dependencias o planteles de la Universidad de Colima.
Las demás que las disposiciones legales y administrativas le confieran y las que le encomiende el Rector.
Artículo quinto: La Dirección General de Atención al Sector Social y Productivo tendrá las siguientes atribuciones específicas:
Proponer las iniciativas para la aprobación, actualización, derogación o abrogación de la normativa, estrategias y mecanismos que regulen la planeación, operación y evaluación de la vinculación por la Universidad de Colima y sus dependencias con su entorno, en consonancia con la Legislación Federal y Estatal, así como en la normativa institucional.
Coadyuvar con Coordinación General de Docencia y las diferentes instancias universitarias en la implementación de estrategias y programas que permitan renovar de manera permanente el modelo curricular que asegure la vinculación de los estudiantes con los niveles medio superior y superior con su entorno, con la finalidad de promover el desarrollo de sus habilidades y competencias.
Colaborar con las diferentes instancias universitarias en la implementación de estrategias y programas que permitan la vinculación de los estudiantes de los niveles medio superior y superior para la empleabilidad en los sectores social, público y productivo, con la finalidad de promover el desarrollo de sus habilidades y competencias.
Contribuir con las diferentes instancias universitarias en la elaboración, implementación y evaluación de programas que favorezcan la formación de los estudiantes en la innovación, competitividad, productividad, crecimiento, consolidación y su proyección en el entorno nacional e internacional.
Apoyar en el desarrollo de los sectores social, público y productivo, al fortalecimiento empresarial y consolidación de los sectores sociales, en coordinación con las áreas pertinentes, a la investigación, el desarrollo y transferencia de tecnología, el desarrollo de nuevos modelos, procesos, alianzas, así como productos y servicios.
Dar seguimiento al registro, validación y evaluación de la participación de los estudiantes y académicos en el desarrollo de estudios y proyectos de vinculación.
Promover la celebración de convenios de colaboración y/o contrato de prestación de servicios profesionales de extensión y vinculación con los sectores social y productivo, organismos públicos y privados, que permitan la incorporación de nuestros educandos, en las distintas áreas del conocimiento, en los proyectos productivos y sociales que fortalezca su formación integral.
Coordinar los servicios de asesoría, consultoría, asistencia técnica, capacitación, certificaciones, estudios, diagnósticos, proyectos de desarrollo y transferencia tecnológica a los sectores sociales y productivos a través de los estudiantes y académicos de los distintos planteles, centros e institutos universitarios.
Proponer a la Tesorería General, el proyecto de los aranceles por los distintos servicios que ofrecen a los sectores social, público y productivo, conforme lo establecido en la normativa institucional.
Gestionar ante las distintas autoridades del gobierno federal, estatal y municipal, así como organismos nacionales e internacionales, los apoyos que permitan el desarrollo de proyectos en beneficio de la sociedad y la participación de los estudiantes y académicos de nuestra institución.
Aquellas que le confiera la normativa universitaria y las que le encomiende el Rector de la Universidad de Colima.
Proponer las iniciativas para la aprobación, actualización, derogación o abrogación de la normativa, estrategias y mecanismos que regulen la planeación, operación y evaluación de la vinculación por la Universidad de Colima y sus dependencias con su entorno, en consonancia con la Legislación Federal y Estatal, así como en la normativa institucional